El 25 de junio del 2021 se presenta un Recurso de Amparo contra el Derecho al descanso,
esto luego que, al igual que en INNUMERABLES CASOS, un compañero de sede regional
tuvo que trabajar una jornada de casi 30 horas seguidas, sin tener derecho al descanso,
cuando solicito que se le reconocieran ese tiempo, tanto a la Jefatura como a la Dirección
del 01], estos indicaron que «en vista de que se reconoce el rubro que corresponde a
variación de jornada y disponibilidad no procede».
ANIC presentó coadyuvancia a este Recurso. Abogados de ANIC y dos miembros de la
Junta Directiva de ANIC se reunieron con don Walter, se acordó en esa reunión enviar una
nota a la Dirección Jurídica para que indicara el pago de las horas extras. El 12 de
noviembre se publicó el acuerdo del Consejo Superior donde se acuerda acoger el criterio
jurídico NDJ-C-602-2021 con relación al computo de horas extras. ANIC avala este
comunicado al pretender una misma ruta de comprensión sobre el particular.
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